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viernes, 12 de octubre de 2012

Una pregunta en mente de muchos


¿Puedo instalar un toldo sin el consentimiento de la comunidad de vecinos?
Si el anterior post lo dedicamos a la problemática que siempre plantea la instalación de los aparatos de aire acondicionado, en esta ocasión despejaremos las dudas sobre la colocación de otro elemento típicamente veraniego: el toldo.
Alguien nos pregunta lo siguiente: ¿Puedo instalar un toldo sin pedir permiso al resto de vecinos?
La instalación de toldos requiere el consentimiento unánime de la comunidad, dado que supone una alteración de la configuración originaria del edificio (art. 12 de la Ley de Propiedad Horizontal).
Sin embargo, no es el único acuerdo que la comunidad de propietarios debe tomar referente a este elemento. También el color y formato del toldo necesitan de un acuerdo, esta vez por mayoría.
Es por ello recomendable que en el propio acuerdo que requiere la unanimidad se fijen desde el principio las condiciones estéticas del toldo para evitar que entre un acuerdo y otro se instalen toldos de forma arbitraria.
Además, si usted instala el toldo sin autorización, la comunidad puede obligarle a retirarlo para devolver la fachada a su estado originario.

Fuente: http://blog.globaliza.com

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